Cierres de invierno: Visita nuestra página de Días festivos y cierres para obtener información sobre los cierres en diciembre y enero.
Preguntas frecuentes sobre los requisitos de las aguas pluviales
Consulte las preguntas más frecuentes sobre los requisitos de aguas pluviales (SWMP) para nuevos desarrollos y reurbanizaciones a continuación.
Superficie impermeable nueva o sustituida (pies cuadrados) | Nivel | Requisito | Información detallada en TGM |
---|---|---|---|
1 - 499 | 1 | Seleccionar y aplicar una o más BMP de nivel 1 | Sección 1.4.1 y capítulo 2 |
500 - 1,999 | 2 | Seleccionar e implementar BMPs de aguas pluviales para capturar y tratar la escorrentía generada por una tormenta de 1" desde el área impermeable nueva/reemplazada (o área equivalente). | Sección 1.4.2 y capítulo 2 |
2,000 - 14,999 | 3 | Seleccionar e implementar BMPs de aguas pluviales para capturar y tratar la escorrentía generada por una tormenta de 1" de al menos el 95% del área impermeable del sitio del proyecto. | Sección 1.4.3 y capítulo 6 |
15,000 or more | 4 | Seleccione e implemente las BMP de aguas pluviales para cumplir con los requisitos del Nivel 3 en cuanto a la tasa de descarga de escorrentía máxima y el tratamiento de la calidad del agua. Además, en lo que respecta a la reducción del volumen, los proyectos de nivel 4 deben retener/evitar la descarga fuera del sitio de todos los eventos de tormenta hasta e incluyendo el evento de lluvia de 24 horas del percentil 95, que actualmente es de 2,4" para Santa Bárbara. Los proyectos deben retener el evento de lluvia de 24 horas de 1,2" para toda el área impermeable reemplazada y el evento de lluvia de 24 horas de 2,4" para toda el área impermeable nueva. | Sección 1.4.4 y capítulo 6 |
Sí. Independientemente de si un proyecto es discrecional o ministerial, todos los proyectos que proponen una superficie impermeable nueva y/o sustituida o que se califican como una mejora pública en el derecho de paso (véase la definición en el Apéndice A del TGM) deben cumplir.
Todos los proyectos que propongan un área impermeable nueva y/o reemplazada o que se califiquen como una mejora pública en el derecho de paso (véase la definición en el Apéndice A del TGM) se dirigirán para la revisión del cumplimiento.
Para los proyectos de nivel 2, 3 y 4, se recomienda contratar a un ingeniero civil para demostrar el cumplimiento de los requisitos, pero no es obligatorio. Un arquitecto u otro profesional del diseño puede realizar el análisis.
Sí. La infiltración es obligatoria a menos que no sea factible debido a la contaminación, a la altura de las aguas subterráneas, a los suelos con tasas de infiltración insuficientes, a las pendientes o a cualquier otro problema de seguridad identificado por escrito por un ingeniero geotécnico autorizado.
Para los proyectos discrecionales, el cumplimiento de todos los requisitos de tratamiento de aguas pluviales debe demostrarse antes de la aprobación final de la revisión del diseño. Los proyectos que requieren la revisión de la Comisión de Planificación deben presentar un informe de aguas pluviales y un plan de nivelación y drenaje que demuestre el cumplimiento de los requisitos antes de que su solicitud se considere completa. Para los proyectos ministeriales, el cumplimiento se determinará como parte del proceso de revisión de la solicitud de permiso de construcción.
Existen diversas técnicas y elementos paisajísticos que pueden utilizarse para tratar las aguas pluviales. Para más información, consulte los capítulos 2 y 6 del TGM.
Sí, si su proyecto es de nivel 3 o 4. Hay una plantilla disponible en el Apéndice B del TGM.
La nueva ordenanza entró en vigor el 1 de marzo de 2021. Las solicitudes de proyectos ministeriales presentadas a partir del 1 de marzo de 2021 se tramitarán con los nuevos requisitos. Las solicitudes de proyectos discrecionales aceptadas para su tramitación antes del 14 de diciembre de 2020 podrán, a discreción del solicitante, tramitarse con arreglo a los antiguos o a los nuevos requisitos posteriores a la construcción. El calendario de aplicación pretende proporcionar una línea clara de activación (fecha de aceptación de la solicitud del proyecto para su tramitación) para que se aplique el nuevo programa, pero también proporcionar la máxima flexibilidad para los solicitantes que están trabajando en el proceso de desarrollo de la tierra durante el período de transición.
Los proyectos aprobados con permisos de construcción emitidos que se clasificarían en un nivel inferior según los nuevos requisitos (por ejemplo, un proyecto aprobado de nivel 3 que sería de nivel 2 según los nuevos requisitos) podrían presentar planes revisados a la División de Construcción y Seguridad para solicitar una revisión de conformidad con el nuevo nivel. Del mismo modo, los proyectos que aún no han sido aprobados (es decir, sin permiso de construcción emitido) y que podrían optar a un nivel inferior en virtud de los nuevos requisitos, pueden presentar planes revisados al personal de la División de Arroyos para solicitar una revisión del cumplimiento del nuevo nivel. Cualquier cambio propuesto también requerirá la revisión del personal de la ciudad en otras divisiones, y puede ser necesaria una revisión de diseño adicional.
No. Los nuevos requisitos de tratamiento de aguas pluviales se determinan únicamente por la cantidad de superficie impermeable nueva/reemplazada propuesta. Por favor, póngase en contacto con el personal de la División de Arroyos en SWMP@SantaBarbaraCA.gov para preguntas específicas sobre el proyecto.
Al determinar los metros cuadrados para la determinación del nivel de un proyecto, el área impermeable eliminada no se restará del área impermeable nueva/reemplazada (no es una cantidad "neta"). Sin embargo, las zonas en las que se elimina la superficie impermeable se consideran autotratables y no requieren medidas de tratamiento adicionales. Además, los proyectos de nivel 3 que no proponen un aumento de la superficie impermeable no tienen que cumplir los requisitos de tasa de descarga de escorrentía máxima y de reducción de volumen.
Sí. la infiltración es obligatoria a menos que no sea factible debido a la contaminación, a las aguas subterráneas elevadas, a los suelos con tasas de infiltración insuficientes, a las pendientes o a cualquier otro problema de seguridad identificado por escrito por un ingeniero geotécnico autorizado.
Al determinar los metros cuadrados para la determinación del nivel de un proyecto, el área impermeable eliminada no se restará del área impermeable nueva/reemplazada (no es una cantidad "neta"). Sin embargo, las zonas en las que se elimina la superficie impermeable se consideran autotratables y no requieren medidas de tratamiento adicionales. Además, los proyectos del nivel 3 que no proponen un aumento de la superficie impermeable no tienen que cumplir los requisitos de reducción de la tasa y el volumen de la escorrentía máxima.
Sólo para los proyectos de nivel 3, el cinco por ciento (5%) de toda el área impermeable del sitio está exenta (es decir, no se requiere que sea tributaria de las BMP de tratamiento de aguas pluviales). Los proyectos de nivel 4 deben tratar toda la superficie impermeable de la parcela o del emplazamiento del proyecto.
Los cambios se han realizado para que el programa sea más flexible, equitativo y eficaz, así como más fácil de entender, al tiempo que se garantiza que la ciudad cumple los mandatos de la Ley de Aguas Limpias. También se han corregido errores e incoherencias.