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Prohibición de los plásticos de un solo uso

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Los californianos tiran 123,000 toneladas de plástico al año, y la prohibición de plásticos de un solo uso de la ciudad de Santa Bárbara es un paso acertado en la dirección de frenar el flujo de plástico hacia el Gran Parche de Basura del Pacífico (el giro de basura a varios cientos de millas de la costa).

Más información sobre la normativa de la ciudad de Santa Bárbara relativa a los plásticos de un solo uso.

Secciones

Bolsas de plástico

Informes anuales: Todas las tiendas deben presentar su informe anual en línea.

Resumen

En 2014, la ciudad de Santa Bárbara puso en marcha su ordenanza sobre bolsas de un solo uso (texto completo). La ordenanza prohíbe que determinadas tiendas proporcionen bolsas de plástico de un solo uso a los clientes en el punto de venta y exige un cargo de 10 céntimos por cada bolsa de papel que se proporcione a los clientes. Los comercios pueden retener los 10 céntimos cobrados por las bolsas de papel para cumplir la ordenanza.

El qué y el por qué

¿A quién se aplica la ordenanza?

Todas las tiendas de Santa Bárbara que venden una línea de comestibles deben completar la autocertificación. Los propietarios y gerentes de las tiendas pueden obtener más información aquí.

A los compradores se les puede ofrecer una bolsa de papel o una bolsa de plástico reutilizable de alta resistencia por 10 céntimos en cualquier tienda que venda comestibles.

Pajitas, agitadores y cubiertos de plástico

Esta ordenanza entró en vigor el 1 de julio de 2019.

El 9 de octubre de 2018, el Ayuntamiento de Santa Bárbara votó 6-1 para adoptar una ordenanza que prohíbe la distribución y venta de pajitas y agitadores de plástico, así como limitaciones a la distribución de cubiertos de plástico que solo se pueden proporcionar bajo petición. 

Elementos importantes:

  • Esta ordenanza entró en vigor a las 2:01 am del 1 de julio de 2019.
  • La ordenanza propuesta incluye exenciones en consideración de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades.

Preguntas frecuentes sobre pajitas, agitadores y cubiertos Ordenanza

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Espuma (poliestireno expandido o espuma de poliestireno)

La prohibición del EPS, comúnmente conocido como espuma de poliestireno o espuma, entró en vigor el 1 de enero de 2019.

El 24 de julio de 2018, el Ayuntamiento de Santa Bárbara adoptó una ordenanza que prohíbe la distribución y venta al por menor de envases de poliestireno expandido para alimentos y bebidas.

El poliestireno expandido se conoce comúnmente como espuma de poliestireno o espuma. El EPS no es reciclable en Santa Bárbara. Los productos de EPS suelen acabar en el medio ambiente local, ya que el EPS se descompone en trozos más pequeños y es tan ligero que flota en el agua y es fácilmente arrastrado por el viento, incluso cuando se ha desechado correctamente. A la ciudad le interesa establecer programas y servicios que reduzcan la cantidad de basura en el medio ambiente, en particular la basura en las playas y la contaminación marina, lo que aumenta la calidad de vida de residentes y visitantes, y protege el hábitat de la fauna local.

Preguntas frecuentes sobre la espuma

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